La tarifa para el pago de los derechos de aduanas es quizás uno de los aspectos más difícil de explicar a un ser humano común si pretendemos que se entienda cuánto hay que pagar de derechos de aduanas cuando hacemos una importación no comercial como pasajero pues no es plana, sino que en realidad se compone de tres tarifas en una.
El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) establece que en el caso de las importaciones no comerciales, el pago de los derechos de aduanas se hará ad-valorem o sea, que el impuesto es el por ciento (%) del valor total de los artículos importados. Hasta aquí es fácil de entender, la complicación comienza a partir de que se establece el cobro de los derechos de aduanas con la aplicación de una TARIFA PROGRESIVA para calcular este adeudo.
Según esta disposición, cuando el valor de los artículos importados no sobrepasa los 50.99 pesos, los mismos estarán exentos de pago o sea, no se pagarán derechos de aduanas por ellos. Por esa razón quien entra al país con solamente 30 kilogramos de misceláneas no paga derechos de aduanas y puede utilizar el canal verde pues, a los 25 kilogramos considerados efectos personales, se le suman los 50.00 pesos exentos del pago que equivaldrían a 5 kgs (25kgs +5kgs =30kgs)
Por otra parte, cuando el valor de los artículos importados es mayor de 51.00 pesos y menor de 500.99 pesos, a este segmento se le aplica entonces un impuesto del 100 por ciento (100%) de su valor en aduanas.
Ahora bien, cuando el valor de los artículos importados supera los 501.00 pesos y hasta los 1000.00 pesos permitidos, por ese segmento se pagaría entonces el 200 por ciento de su valor (200%).
Traducido esto al español más simple: el pago de los derechos de aduanas de los mil pesos que pueden importarse se divide en tres grupos o segmentos: uno que no paga (hasta 50.99 pesos); uno que paga el 100% del valor y otro que pagaría el 200% del valor, por lo que una importación cuyo valor en aduanas sea mayor de 501.00 y hasta los mil pesos permitidos, se le aplican TRES tarifas arancelarias diferentes:
- Los primeros 50.99 no pagan;
- Entre 51.00 y 500.99 (450.00 pesos) se pagará el 100% que equivaldría a 450.00 pesos
- Entre 501.00 y 1000.00 (500 pesos) se pagará el 200% que equivaldría a 1000.00 pesos
Como podemos ver, la única manera de conocer cuánto debemos pagar de derechos de aduanas es antes que todo, hallar el valor en aduanas de lo que importamos para después aplicar la tarifa progresiva antes explicada por lo que, cuándo tengamos el valor en aduanas de lo que pretendemos importar (o la cantidad de puntos a que ello equivale) tenemos que dividirlo en tres grupos y aplicar los por-cientos establecidos para cada uno de ellos
Ejemplos:
1.- Tenemos una importación de 150 puntos o sea 150.00 pesos en valor en aduanas:
- De 0 a 50 = No Paga
- De 51 a 150 (que serían 100 puntos) paga el 100% o sea 100.00 pesos
Esta importación pagaría 100.00 pesos de derechos de aduanas
2.- Tenemos una importación de 750 puntos o sea 750.00 pesos en valor en aduanas:
- De 0 a 50 = No Paga
- De 51 a 500 (que serían 450 puntos) paga el 100% o sea 450.00 pesos
- De 501 a 750 (que serían 250 puntos) = paga el 200% o sea 500.00 pesos
Esta importación pagaría 950.00 pesos de derechos de aduanas
En este punto es bueno recordar que los residentes en Cuba pagan la primera importación del año calendario en CUP y las demás en CUC y que en esta misma moneda pagan todos los pasajeros no residentes permanentes en el país.
Espero que esta explicación les haya ayudado a comprender mejor cómo utilizar la Tarifa Progresiva para calcular lo que se debe pagar en la Aduana.
En nuestro próximo artículo explicaremos más detalladamente, y a través de ejemplos, cómo podemos calcular lo que debemos pagar de acuerdo al valor en aduanas de lo que pretendemos importar.




